Nacimiento y cuidado del menor

Modificado el Thu, 13 Jun 2024 a las 01:39 PM

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Se trata de un derecho del que disponen los trabajadores tras convertirse en padres. Debido a sus múltiples variables y peculiaridades, conviene desgranarlo para no perder detalle. ¡Sigue leyendo para saber más! 

En este artículo:

Nacimiento y cuidado del menor

  1. Dentro del hub Admin. personas y nóminas, haz clic en Nóminas > Compañía > Incidencias de nómina > Permisos

  2. En esta primera pantalla dispones, en la parte superior, de una relación de los tipos de permisos, así como del número de trabajadores que los han solicitado. Ten en cuenta que esta gráfica solo hace referencia al mes en curso, por lo que, si deseas ver otros datos, deberás introducirlos en los filtros correspondientes, situados en la parte derecha de la pantalla. 
  3. Para acceder a la funcionalidad que nos ocupa, selecciona la pestaña Nacimiento y cuidado del menor; acto seguido, encontrarás la relación de trabajadores con distintos datos asociados. Como es habitual, puedes hacer uso de la selección del empleado y de los botones de la barra de herramientas para borrar o editar aspectos de su ficha.
  4. Para añadir un nacimiento y cuidado del menor a un empleado, haz clic en el botón correspondiente de la barra de herramientas (+), En la ventana modal lateral que aparece a continuación, dispones de los siguientes campos a rellenar, algunos de manera obligatoria (*): 
  • Empleado: el buscador te permite seleccionar al trabajador, para asignar la variable descrita.
  • Tipo de ausencia: determina la especificación de la misma.
  • Fecha inicio/fin: para especificar los rangos, de manera obligatoria. La ley establece que el trabajador tiene la obligatoriedad de disfrutar un permiso de 6 semanas, a contar desde la fecha del alumbramiento o adopción, a jornada completa. El resto de semanas del permiso puede distribuirse a voluntad del empleado; por ello, esta acotación temporal está relacionada directamente con Añadir periodo, ya que el resto de tiempo de ausencia (por ley, hasta el primer año de vida del bebé, en semanas completas) irá reflejado en esta sección.
  • Base reguladora forzada diaria: en este campo, puedes especificar la base de cotización del trabajador, a tener en cuenta para el cálculo de la incapacidad y el pago delegado derivado de ella. Se puede forzar de manera diaria (por ejemplo, en caso de que no haya registros de meses anteriores), introduciendo el importe correspondiente en euros.
  • Nº de hijos: es necesario especificar el número aunque no figure como obligatorio, ya que, a partir del segundo, el trabajador disfrutará de una semana adicional de permiso, que se suma a las condiciones anteriormente mencionadas.
  • Observaciones: comentarios adicionales. Es el último campo de esta ventana modal; no olvides hacer clic en el botón Añadir, para hacer efectivas tus preferencias y que el nombre del empleado figure en la lista de la pantalla principal. 
Nota: La base reguladora solo debe indicarse si se quiere forzar. El sistema calculará la base correspondiente según los criterios específicos de este caso.

En resumen: según la legislación vigente...
1. El permiso de nacimiento es de 16 semanas para ambos progenitores, y se puede disfrutar:
- De manera continuada tras el nacimiento, acogimiento o adopción.
- De forma fraccionada; las primeras 6 semanas son de obligado cumplimiento para ambos progenitores tras los supuestos anteriores, y las 10 restantes se pueden disfrutar en periodos de semanas enteras, en jornada completa o parcial.
- A partir del segundo hijo, se añadirá una semana al permiso estándar.

Vídeo del proceso

Te mostramos esta funcionalidad, en tan solo unos segundos:

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Además, puedes visualizar nuestro glosario, disponible en este enlace.

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